FSC-CCOO Sector Administración de Justicia | 15 enero 2025.

Reclamación de CCOO respecto a la acción social 2021 del ámbito no transferido

El Ministerio de Justicia responde a nuestra solicitud de poder volver a entregar la solicitud de Acción Social 2021, si no se entregó la Documentación o hubo algún error

    21/04/2021.
    Acción Social 2015

    Acción Social 2015

    En el día de ayer, reclamamos al área de Acción Social del Ministerio de Justicia la posibilidad de poder modificar la solicitud inicial, y que se permita, dentro del plazo de presentación de instancias, presentar una nueva solicitud, que anularía la inicialmente presentada, en aquellos casos que el interesado observe que se ha omitido algún documento, o se haya apreciado algún error en la misma, tal y como establece el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de igual modo que se permite la subsanación en las solicitudes, por ejemplo, de los concursos de traslado.

    La contestación del departamento de Acción Social ha sido:

    ---------- Forwarded message ---------De:accion social Date: mié, 21 abr 2021 a las 15:35Subject: Documentación Acción Social 2021

    Correo acción social : accionsocial.administracionjusticia@mjusticia.es

    "En relación con las propuestas planteadas por algunos Sindicatos sobre la posibilidad de realizar nuevas solicitudes de Acción Social 2021 en aquellos supuestos en los que no se ha incluido la totalidad de la documentación preceptiva (excepcionalmente para este año) con la primera solicitud presentada se informa lo siguiente:

    1º Inexcusablemente, los solicitantes antes de iniciar la cumplimentación de la solicitud deberán leer detenidamente el plan de Acción Social del ejercicio que corresponda dado que en este documento se recogen las normas del procedimiento Acción Social. También deberán tener en cuenta el manual del aplicativo que les permitirá cumplimentar las solicitudes correctamente. No obstante, el propio aplicativo lanza mensajes para recordar las reglas que deben observar en su cumplimentación.

    2º Hasta la fecha no hay inconveniente en que los solicitantes que, en su solicitud, ya presentada, hayan obviado la aportación de documentos, puedan remitir a través del correo electrónico copia de dicha solicitud acompañada de los documentos omitidos.

    3º Informarles también de la imposibilidad, en el aplicativo existente, de generar más de una solicitud por peticionario, no obstante, aunque fuera posible dicha opción retrasaría de forma importante el proceso de Acción Social ya que no se podría recabar el IRPF de solicitantes y personas obligadas hasta que finalizara el plazo de presentación de solicitudes, en la actualidad se van recabando a medida que entran solicitudes.

    Recordarles también que para evitar errores se ha posibilitado desde el año pasado, la solicitud en borrador, que permite mantener esta situación en tanto se hayan comprobado los pormenores de dicha solicitud y proceder a su envío, dentro del plazo establecido, con garantías de su correcta cumplimentación".